Nuevos requisitos para la fianza.

por | 2 dic 2016 | Consejos legales

La Ley Inmobiliaria que entra en vigor el 1 de enero de 2017 contiene un nuevo requisito de dinero en custodia que impone un deber oneroso al agente inmobiliario. El Código SC Ann. §40-57-136(B)(4) establece:

“Trust funds received by a licensee in connection with a real estate transaction in which the licensee is engaged for the broker-in-charge  . . .  must be delivered to the broker-in-charge . . . no later than the following business day.” [fusion_builder_container hundred_percent=”yes” overflow=”visible”][fusion_builder_row][fusion_builder_column type=”1_1″ background_position=”left top” background_color=”” border_size=”” border_color=”” border_style=”solid” spacing=”yes” background_image=”” background_repeat=”no-repeat” padding=”” margin_top=”0px” margin_bottom=”0px” class=”” id=”” animation_type=”” animation_speed=”0.3″ animation_direction=”left” hide_on_mobile=”no” center_content=”no” min_height=”none”][emphasis added].

El agente sólo dispone de un día hábil para entregar el dinero a su corredor encargado. El agente no puede esperar hasta la ratificación del contrato para entregar las arras. En muchas grandes áreas metropolitanas esto será difícil y requerirá mucho tiempo. Por ejemplo, si el cliente firma una oferta a última hora del miércoles en Lexington y el agente encargado se encuentra en Blythewood, el agente inmobiliario deberá entregar las arras a su BIC antes del cierre del jueves. Esto es así aunque la oferta sea finalmente rechazada.

La ley no da instrucciones al titular de la licencia cuando el corredor de bolsa no mantiene la custodia. Dado que la ley no dice que haya que entregar los fondos al corredor encargado sólo si el BIC es el depositario de la plica, el sentido llano de la ley obligaría a que todos los fondos fueran al BIC antes del siguiente día hábil, independientemente de quién sea el depositario de la plica.

Los requisitos del corredor encargado para depositar el dinero en garantía no cambiaron. El artículo 40-57-136 (D)(1)(a) establece que los fondos de garantía recibidos por un corredor encargado en una operación de venta o intercambio de bienes inmuebles deben depositarse de la siguiente manera en una cuenta de fideicomiso inmobiliaria separada:

"(i) el efectivo o los fondos certificados deben depositarse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su recepción, excluyendo los sábados, domingos y días festivos;
(ii) los cheques deben depositarse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la aceptación por escrito de una oferta por las partes de la transacción, excluyendo sábados, domingos y días festivos."

Muchos agentes pueden inclinarse por no incluir un depósito de garantía en la oferta, sino que completan la disposición del contrato CCRA que permite la entrega de garantías adicionales en una fecha posterior, como por ejemplo después de la ratificación. Aunque esta táctica puede eliminar la necesidad de entregar los fondos para el siguiente día hábil hasta después de la ratificación del contrato, un agente inmobiliario podría encontrarse en serios problemas legales si se olvida de obtener más tarde las arras como se establece en el contrato. A lo largo de los años, varios buenos agentes inmobiliarios han sido demandados por no obtener las arras como se establece en el contrato. Así que tenga mucho cuidado.

Conozca a la gente de Blair Cato: Carol Slice ha sido asistente legal de bienes raíces durante 15 años. Ella es originaria de Illinois y ha vivido en Carolina del Sur desde el año 2000. Está casada y tiene dos hijos mayores y dos hijastros. Es la orgullosa abuela de un nieto de dos años. Le gusta pasar tiempo con su familia, sus amigos y su Boykin Spaniel. También le gusta cocinar, leer y pasar tiempo en las montañas. Carol es una ávida fanática de los Gamecock que vive en Chapin. 

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