La nueva ley establece protecciones adicionales para las empleadas embarazadas

por | 21 de junio de 2018 | Derecho laboral y de empleo

La Asamblea General de Carolina del Sur ha aprobado una nueva ley que obliga a los empresarios a ofrecer protecciones adicionales a sus empleadas embarazadas. La Ley de Acomodaciones para el Embarazo de Carolina del Sur (la "Ley") fue aprobada el 17 de mayo de 2018 y modifica la actual Ley de Asuntos Humanos, que prohíbe la discriminación en el lugar de trabajo por motivos de raza, género (incluido el embarazo), religión, origen nacional, edad y discapacidad. La Ley hace ilegales ciertas prácticas de los empleadores, y también requiere que los empleadores proporcionen acomodaciones adicionales que no han estado obligados a proporcionar anteriormente.

En concreto, la ley exige a las empresas con 15 o más empleados que faciliten el acceso a las instalaciones y realicen ajustes razonables para las empleadas con "necesidades médicas derivadas del embarazo, el parto o condiciones médicas relacionadas", incluida la lactancia. Es importante destacar que la ley también exige a los empleadores que proporcionen a los empleados una notificación por escrito de sus protecciones y que coloquen la información correspondiente en lugares bien visibles.

A diferencia de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (la "ADA"), que generalmente no cubre a las empleadas embarazadas a menos que experimenten complicaciones, la nueva ley exige específicamente a los empleadores que acomoden razonablemente a las empleadas embarazadas.

La ley identifica ejemplos de posibles adaptaciones razonables como: proporcionar un lugar privado, distinto de un puesto de baño, para extraer la leche; proporcionar más periodos de descanso o más largos; permitir descansos más frecuentes para ir al baño; modificar la política de alimentos o bebidas de la empresa; modificar los horarios de trabajo; proporcionar una reestructuración del trabajo o un trabajo ligero, si está disponible transferir temporalmente al empleado a un trabajo vacante menos agotador.

La Ley también considera ilegales las siguientes prácticas: exigir a una empleada cubierta que acepte una adaptación que no quiere aceptar; obligar a una empleada a tomar una licencia si existe otra adaptación razonable.

La ley requiere que los empleadores proporcionen un aviso por escrito del "derecho a no ser discriminado por necesidades médicas derivadas del embarazo, el parto o condiciones médicas relacionadas." Este aviso debe entregarse a los nuevos empleados en el momento de la contratación inicial y a los empleados existentes a más tardar el 14 de septiembre de 2018. Además, los empleadores deben colocar este aviso de manera visible en un área accesible para todos los empleados.

Los empleadores deben cumplir con las disposiciones de no discriminación y acomodación de la Ley de forma inmediata. Para ello, los empleadores deben revisar y actualizar, según sea necesario, las políticas relativas a la no discriminación, las adaptaciones, los permisos y el trabajo ligero. También se recomienda formar a los empleados de recursos humanos, así como a todos los supervisores y gerentes, para que conozcan los requisitos y las prohibiciones de la ley y puedan hacer frente a los problemas relacionados con el embarazo a medida que vayan surgiendo.

Si necesita ayuda con cualquiera de estos asuntos, llame o envíe un correo electrónico a Kris Cato a kris@blaircato.com o al 803-349-4397.

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