¿Cuándo se puede volver a poner en venta el inmueble?

por | 4 de mayo de 2018 | Consejos legales

Si una propiedad está bajo contrato para cerrar y el comprador notifica al vendedor que no podrá cerrar, ¿puede el vendedor volver a listar la propiedad y aceptar otro contrato?

Es una pregunta difícil de responder sin alguna advertencia.

Cuando se produce esta situación, siempre es mejor consultar a un abogado para que le asesore legalmente, ya que cada situación es diferente y hasta el más mínimo cambio en los hechos puede alterar el consejo del abogado. Pero en la mayoría de los casos, el vendedor puede volver a poner en venta el inmueble si está claro que el comprador no tiene intención de completar la transacción. Esto debe confirmarse por escrito. El vendedor tiene la obligación de mitigar los daños, por lo que si el comprador incumple o rescinde el contrato, el vendedor tiene la obligación de intentar vender la casa para reducir los posibles daños.

Las partes no están obligadas a resolver la cuestión del desembolso de las arras antes de la liberación de la propiedad. Si las partes quieren rescindir el contrato y pelear por las arras pueden hacerlo. Una cosa no afecta a la otra.

El vendedor debe ser muy cauteloso a la hora de volver a poner la vivienda en el mercado cuando el comprador sigue haciendo valer su derecho a comprarla. Por ejemplo, si el comprador notifica al vendedor que su préstamo ha sido denegado pero ya tiene otro prestamista, el vendedor no debe volver a poner la vivienda en venta sin recibir el asesoramiento de un abogado. Si el comprador puede hacer valer correctamente su derecho a comprar la propiedad y el vendedor acepta otro contrato, el vendedor podría enfrentarse a una demanda por parte de ambos. Es probable que se presente una litispendencia que grave la propiedad.

El Comité de Contratos de la Asociación de REALTORS de Carolina Central está trabajando actualmente en un nuevo formulario de liberación que permitiría a las partes firmar un documento que confirme la finalización del contrato. En la segunda parte del documento se preguntaría si el dinero en garantía está en disputa o si las partes han acordado liberar el dinero. Esperemos que este documento aclare parte de la confusión.

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