¿Alguna vez ha recibido un contrato no condicionado a la venta o a la venta y cierre de la casa del comprador y se ha preguntado si el comprador estaba siendo sincero sobre su capacidad financiera para comprar la casa sin vender la suya? ¿Se ha quejado alguna vez de que los compradores hacen ofertas de contrato no contingente y cuando su casa no se vende el prestamista rechaza la financiación? Si esto le ocurre a su vendedor, puede recurrir.
El párrafo 16 del contrato de Central Carolina Realtors establece que si el comprador no revela la existencia de una contingencia de venta o venta y cierre y el contrato no se cierra debido a que el comprador no vende su casa, entonces el comprador estará en incumplimiento. En este caso, el vendedor puede buscar los remedios indicados en el contrato.
Además, el Código de Carolina del Sur §40-57-30(16b) establece que un agente debe revelar todos los hechos materiales. Un hecho material se define como "la información que indica que una parte de una transacción no puede o no tiene la intención de cumplir una obligación en virtud de un contrato o acuerdo realizado en relación con la transacción." El hecho de tener que vender la propia casa para comprar otra es un hecho material que debe ser revelado por el agente del comprador. Por lo tanto, si el agente del comprador es consciente de la necesidad de vender la casa y permite que el comprador haga una oferta no contingente, ese agente corre el riesgo de ser disciplinado por la Comisión Inmobiliaria.
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