Si está trabajando con un vendedor de otro estado, tenga en cuenta que el Departamento de Hacienda exige que el abogado encargado del cierre retenga el 7% de los ingresos netos o de la ganancia, lo que sea menor.
Hay varias exenciones al requisito de retención. Las más comunes son que el vendedor haya vivido en Carolina del Sur durante el año natural en curso y vaya a presentar una declaración de impuestos de Carolina del Sur; que el vendedor no haya reconocido una ganancia en la venta de la casa; o que el vendedor esté vendiendo su residencia principal y haya vivido en la casa 2 de los últimos 5 años como su residencia principal y que su ganancia no supere la cantidad límite ($250 mil para individuos o $500 mil para parejas que presentan una declaración conjunta). Si el vendedor no cumple estas u otras exenciones, deberá consultar a su asesor fiscal para determinar el importe de la ganancia, si la hay.
Como agente inmobiliario, asegúrese de avisar a su cliente de fuera del estado por adelantado del posible requisito de retención. Un buen abogado de cierre incluirá información sobre la retención en su carta de compromiso.